Novedades en cuanto a la cotización de autónomos a partir del 1 de enero de 2023

Novedades en cuanto a la cotización de autónomos a partir del 1 de enero de 2023

A partir del 1 de enero de 2023 se modifica el sistema de cotización de los trabajadores autónomos. Si bien hasta ahora el autónomo tenía que elegir una base comprendida entre una mínima y una máxima, desde el año que viene se introducen unos tramos de bases de cotización que serán aplicables en función de los rendimientos netos que obtenga el autónomo en ese ejercicio.

Los autónomos cotizarán en función de los rendimientos netos anuales obtenidos en el ejercicio de su actividad en cada año natural –de enero a diciembre-, para lo cual tendrá que elegir una base de cotización dentro del tramo que corresponda en función de la previsión que él mismo haga del promedio mensual de esos rendimientos netos anuales.

Los autónomos societarios (los que lo son por su participación en una sociedad mercantil) y los autónomos colaboradores (familiares fundamentalmente) no podrán elegir una base de cotización inferior a la que se establezca especialmente para ellos cada año.

La base de cotización que se elija tendrá carácter provisional. Se efectuará una regularización de las mismas en función de los rendimientos anuales que comunique a la Administración Tributaria a partir del año siguiente, regularización que se llevará a cabo de oficio por la Tesorería General de la Seguridad Social.

Más información en la circular que se adjunta a continuación:

Circular.