NATURALEZA
Las VocalÃas Colegiales o Grupos Profesionales agrupan a los Colegiados que con la misma modalidad y forma de ejercicio profesional, participan de una problemática común.
En cada Colegio existirán aquellas vocalÃas o Grupos Profesionales que regule su Estatuto particular, sin perjuicio de que se puedan crear cualesquiera otras que el Pleno de la Junta Directiva estime de interés colegial
Deberán existir necesariamente las siguientes vocalÃas:
- V. De Asistencia Colectiva
- V. De desempleo
- V. Ejercicio Libre
- V. Extrahospitalaria
- V. Hospitales
- V. Jubilados
- V. Postgraduados
- V. Rurales
- V. Titulares
MISIÓN
Las VocalÃas o Grupos Profesionales tendrán como misión asesorar en los asuntos de su especialidad y elevar estudios y propuestas en los problemas de su competencia, tanto a la Junta Directiva como a la Asamblea General, que a su vez podrá delegar en las secciones la gestión o promoción de asuntos con ellas relacionadas.
Los representantes de las vocalÃas formarán parte necesariamente de cuantas Comisiones negociadoras constituidas por las Juntas Directivas se puedan establecer para tratar problemas de ámbito de la Sección