Es el órgano supremo de la representación colegial a nivel provincial y a la misma deben dar cuenta la Junta Directiva de su actuación. Sus acuerdos son vinculantes para todos los colegiados.
En los colegios con censo superior a 500 colegiados, la Asamblea General puede delegar sus funciones en una Asamblea de Compromisarios elegida por sufragio universal, secreto y directo. Esta Asamblea de Compromisarios es obligatoria en el caso de más de 2000 colegiados.
La Asamblea General, o en su caso la de Compromisarios se reúne 1 vez al año como mÃnimo, el orden del dÃa es fijado por el Pleno de la Junta Directiva.