¿ Quienes Sómos ?
 
   

El Colegio Oficial de Médicos de Zaragoza es una Corporación de Derecho Público con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.

A titulo enunciativo y no limitativo tendrá los siguientes fines generales:

  • Organización y desarrollo de la previsión

  • Asesoramiento a Organismos Institucionales

  • Velar por los derechos y deberes de la profesión

  • Cooperar con la Administración de Justicia con informes, dictámenes, tasaciones u otras actividades profesionales

  • Impulsar el desarrollo de labores científicas, relacionadas con las distintas especialidades de la carrera

  • Impulsar el desarrollo de actividades sociales y culturales

  • Recoger y encauzar las aspiraciones de la profesión

  • Promover la formación permanente

  • Mantener un servicio activo y eficaz de información, bolsa de trabajo y otros muchos

 


ÓRGANOS DE GOBIERNO


  • La Junta Directiva (constituida por un Pleno y una Comisión Permanente)
    El Pleno está constituido por: un Presidente, los Vicepresidentes, un Secretario, un Vicesecretario, un Tesorero, y un representante de cada Sección o Grupo Profesional.
    La Comisión Permanente está integrada por: el Presidente, los Vicepresidentes, el Secretario, el Vicesecretario, el Tesorero y los Vocales que determinen los Estatutos del Colegio.

  • La Asamblea General de Colegiados
    Es el órgano supremo de la representación colegial a nivel provincial y a la misma deben dar cuenta la Junta Directiva de su actuación. Sus acuerdos son vinculantes para todos los colegiados. En los colegios con censo superior a 500 colegiados, la Asamblea General puede delegar sus funciones en una Asamblea de Compromisarios elegida por sufragio universal, secreto y directo. Esta Asamblea de Compromisarios es obligatoria en el caso de más de 2000 colegiados.
    La Asamblea General, o en su caso la de Compromisarios se reúne 1 vez al año como mínimo, el orden del día es fijado por el Pleno de la Junta Directiva.


VOCALIAS


Naturaleza

Las Vocalías Colegiales o Grupos Profesionales agrupan a los Colegiados que con la misma modalidad y forma de ejercicio profesional, participan de una problemática común.

En cada Colegio existirán aquellas vocalías o Grupos Profesionales que regule su Estatuto particular, sin perjuicio de que se puedan crear cualesquiera otras que el Pleno de la Junta Directiva estime de interés colegial        

Deberán existir necesariamente las siguientes vocalías:

  • V. De Asistencia Colectiva

  • V. De desempleo

  • V. Ejercicio Libre

  • V. Extrahospitalaria

  • V. Hospitales

  • V. Jubilados

  • V. Postgraduados

  • V. Rurales

  • V. Titulares

Misión

Las Vocalías o Grupos Profesionales tendrán como misión asesorar en los asuntos de su especialidad y elevar estudios y propuestas en los problemas de su competencia, tanto a la Junta Directiva como a la Asamblea General, que a su vez podrá delegar en las secciones la gestión o promoción de asuntos con ellas relacionadas.

Los representantes de las vocalías formarán parte necesariamente de cuantas Comisiones negociadoras constituidas por las Juntas Directivas se puedan establecer para tratar problemas de ámbito de la Sección

 


SECCIONES COLEGIALES


Secciones Colegiales

Agrupan a los Colegiados que, con la misma modalidad y forma de ejercicio profesional, participan de una problemática común.
Estas secciones asesoran en los asuntos de su especialidad y elevan propuestas, tanto a la Junta Directiva, de la que sus representantes forman parte, como a la Asamblea General.

Su existencia tiene carácter obligatorio en todos los Colegios.